¿Qué opciones hay para tramitar un divorcio?
Te has decidido a divorciarte y quieres saber que opciones tienes para tramitar tu divorcio.
Desde la ley de jurisdicción voluntaria, que entró en vigor en su totalidad el pasado 30 de junio de 2017, se añadió una nueva forma para tramitar el divorcio, el divorcio ante notario.
Voy hacer un repaso de las formas que existen para tramitar un divorcio:
1.- Divorcio de mutuo acuerdo
El divorcio de mutuo acuerdo se tramita ante el juzgado, pero no se realiza juicio porque junto con la demanda se habrá presentado el acuerdo con todas las medidas que se han pactado.
Una vez presentada la demanda, se citará a las partes para ratificar el convenio regulador. Esta ratificación se hace en una sala pequeña con una mesa y sillas, tipo despacho, donde el funcionario explicara en que consiste la ratificación, es decir, las dos personas que firman el convenio deberán confirmar que la firma del convenio y los pactos que aparecen son correctos. Se hace el trámite por separado, es decir primero entra una parte de la pareja o matrimonio y después la otra.
A partir de aquí, si hay hijos menores, trasladaran la demanda con el convenio ratificado al Ministerio Fiscal para que compruebe que no hay medidas que perjudiquen a los menores.
Una vez revisado por el Ministerio Fiscal el juez dictará sentencia.
El divorcio de mutuo acuerdo tiene muchas ventajas. Todas las decisiones son acordadas y adaptadas a las necesidades y posibilidades de cada uno, este tipo de proceso es el que tiene una tasa de incumplimiento más bajo y, además, se ahorran honorarios de abogado y procurador ya que, se suelen compartir los mismos profesionales.
2.- Divorcio contencioso
El divorcio contencioso se tramita ante el juzgado y, en este caso, si se celebra juicio. El motivo por el cual se celebra juicio es por la falta de acuerdo entre las partes y la necesidad de discutir, argumentar, justificar todas las medidas que se solicitan ante el juez.
De la misma manera que en el divorcio de mutuo acuerdo, se presentará una demanda. Pero en este trámite, se dará un tiempo a la otra parte para contestar a la demanda. La puede contestar en dos sentidos, o bien aceptando las propuestas o bien solicitando otras diferentes. Una vez presentada la demanda y la contestación, el juzgado fijará fecha de juicio. En el post “Cómo aplazar tu juicio de derecho de familia”, explico cómo y porque motivos se puede suspender un juicio de familia.
En el juicio se practicará la prueba: aportar documentación que faltaba, testificales de testigos, peritos, interrogatorio de partes.
Y al final del juicio, una vez que toda la prueba ha sido practicada, se da paso a los abogados para que realicen, lo conocida como fase de “conclusiones”. Consiste en valorar la prueba que se acaba de practicar y con ella justificar lo adecuado de lo que se pide en la demanda y la incoherencia de lo que pide la parte contraria.
En el post de “El divorcio y sus claves” explico con más detalle que apartados tiene la demanda y las fases del juicio.
3.- Divorcio ante notario
La ley de jurisdicción voluntaria que acabó de entrar íntegramente en vigor el 30 de junio de 2017, introdujo una novedad respecto a la forma de tramitar el divorcio. La novedad consiste en la posibilidad de tramitar el divorcio a través del notario. No obstante, es necesario cumplir una serie de requisitos.
El primer requisito consiste en haber transcurrido, desde la celebración del matrimonio 3 meses. Este es un requisito que existe también para poder realizar el divorcio a través del juzgado y se mantiene para igualar el acceso al divorcio.
El segundo, que el divorcio a tramitar sea de mutuo acuerdo, es decir acordado. A través del notario no se tramitarán divorcios contenciosos. Como he explicado en la tramitación del divorcio contencioso, ambas partes aportan escritos de demanda y contestación y, en el acto del juicio pueden alegar, argumentar, justificar, rebatir todos los argumentos y al final una persona capacitada para tomar decisiones acaba dictando una sentencia acorde a derecho. Pero ante el notario no se puede hacer el mismo tipo de proceso con las mismas garantías.
El tercer requisito es la no existencia de hijos menores de edad o con capacidad modificada judicialmente que dependan de sus progenitores.
En el divorcio ante notario existe una novedad respecto al proceso y es que los hijos mayores de edad deberán ratificar las partes del convenio que les afecten directamente.
4.- Divorcio a través de un proceso de mediación
La mediación es un proceso que permite a las partes, dentro de un espacio de dialogo, llegar a acuerdos. Se prevé que dentro de un proceso de mediación se redacten acuerdos sobre los apartados del divorcio, y estos se pueden homologar ante el juzgado.
La mediación la dirige un mediador que es imparcial, es decir, no está a favor de ninguna de las partes. Y lo que hará, será provocar un ambiente adecuado para que haya comunicación, revisará que las propuestas sean realistas y al final redactara el acuerdo final.
Estas son las 4 formas de tramitar el divorcio.
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