Este mes pago el fútbol y las gafas, en vez de la pensión

Incumplimiento de sentencias

Aunque te pueda parecer muy lógico e incluso generoso, porque posiblemente esos gastos sumen más que la pensión de alimentos, no es posible hacer este reparto de gastos.
La pensión de alimentos es una obligación que va destinada directamente para los hijos y es a ellos a quien se les debe, aunque el ingreso se haga en una cuenta de tu ex.
En cambio, los gastos extraordinarios o extraescolares no incluidos en la pensión de alimentos, como pueden ser, la compra de unas gafas, la ortodoncia, se deben al ex, aunque el beneficiado sea tu hijo.

Nuestros jueces entienden que son créditos diferentes y con destinatarios diferentes. Un ejemplo que puede ser más aclarador es el caso de pagar algunas cuotas hipotecarias en vez de la pensión de alimentos a las hijas, en este ejemplo, se ve claro que las destinatarias del dinero compensado no son la misma persona, uno es el banco y a la vez el progenitor que tenía que pagar la cuota o parte de ella, y el otro son las hijas que dejan de recibir la pensión de alimentos.

ES INCUMPLIMIENTO DE SENTENCIAS COMPENSAR PARTIDAS DIFERENTES

Es una situación que puede parecer poco práctica, pero cuando se acaba el buen rollo y se interpone una demanda de ejecución de sentencia por no pagar la pensión de alimentos, es cuando uno se arrepiente de haber obrado de buena fe para ayudar, porque ante la ley no es posible hacer las compensaciones.
Hay una cosa que ha de quedar clara, cuando se dice que no se permite compensar porque los créditos y los titulares no son la misma persona, no está dando pie a que por ejemplo la pensión de alimentos se la des directamente a tus hijos o que la pagues a ellos en especies. En la sentencia lo más probable es que no prevea el pago directamente a tu hijo, sino a tu ex, por tanto, la obligación del pago de pensión de alimentos debe entregarse al destinatario que pone la sentencia y no a otro.
Pero sí que hay partidas que se pueden compensar, por ejemplo, los gastos extraordinarios. Si hay un gasto de fútbol y a la vez otro de excursiones del colegio y acabáis decidiendo que uno pagara íntegramente la cuota del fútbol y el otro la excursión, porque son cantidades parecidas, no hay problema.

Es recomendable siempre dejar las cosas por escrito, hacer un cuaderno recogiendo, las facturas, los pagos, quienes los han hecho y el consentimiento, de todo aquello que paguéis de forma diferente a lo indicado en la sentencia. Para el caso que se inicie un procedimiento de ejecución de sentencia el juez tendrá prueba del consentimiento, aunque como digo, cuando son partidas diferentes no es posible compensar.

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Abogada licenciada en derecho en la Universidad de Barcelona con Máster en Derecho de Familia e Infancia entre otros.

Desde la salida de la carrera ha trabajado en diferentes bufetes de abogados hasta que en 2017 funda en Igualada y Barcelona su propio despacho, Aylagas Abogada ofreciendo servicios como abogada de familia y mediadora. 

Forma parte de la Sociedad Catalana D’advocats de Familia (SCAF)

Marina Aylagas Abogada de Familia en Igualada
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