Pensiones

Pensión Compensatoria y Compensación por razón de trabajo
Especialista en derecho familiar
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Las Pensiones

Existen dos tipos de pensiones y tienen como objetivo atenuar desequilibrios económicos entre los ex cónyuges.

Cada una en un sentido diferente, la prestación compensatoria por el nivel de vida que tenía la familia durante el matrimonio y la compensación por razón de trabajo indemniza por el trabajo realizado para la familia ya que el otro cónyuge ha conseguido aumentar su patrimonio.

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Ejemplos de pensiones

PRESTACIÓN COMPENSATORIA​

Juan y Ana están casados desde hace 10 años. Juan es Taxista y gana 3000€ al mes y Ana trabaja a media jornada en una clínica de estética y gana 800€ al mes. Hay una diferencia de 2.200€ en el salario de Ana y Juan. Tienen 2 hijos de 5 y 8 años que Ana puede cuidar después de su trabajo.

Ana disfrutaba de un nivel de vida que generaba el vivir en familia y unir los ingresos para el bienestar de  todos. La familia en general disponía de unos ingresos de 3800€ para los gastos. Pero al romper el matrimonio, su situación económica se ha visto limitada a sus ingresos. Durante el matrimonio ella no ha podido mejorar profesionalmente porque sea dedicado a cuidar de los hijos y, ahora mejorar profesionalmente, requiera un tiempo.

La pensión compensatoria pretende atenuar esta situación, dando una pensión mensual durante un tiempo concreto. Tiempo suficiente para que Ana, en este caso, pueda mejorar su situación económica y proporcionarse ella misma el mismo nivel de vida que tenía durante el matrimonio o al menos uno similar.

En ocasiones es vitalicia esta pensión, pero son casos puntuales de personas mayores sin posibilidades de activar su economía, pongamos como ejemplo un matrimonio, ya jubilados, que la señora no  tiene más ingreso que los de su marido.

COMPENSACIÓN ECONÓMICA POR RAZÓN DE TRABAJO

Alberto y Julia están casados desde hace 15 años. Alberto trabaja para una empresa, y tiene un horario de 9-20h. La empresa no está cerca de casa y por eso come allí mismo. Tienen tres hijos que ahora ya el mayor tiene 13, el mediado 10 y el pequeño 7. Decidieron en su momento que Julia no trabajaría y se quedaría al cuidado de la casa y los hijos.

Durante el matrimonio Alberto, ha comprado y puesto a su nombre, la casa familiar, la casa de Sitges, 2 aparcamientos que tiene alquilados.

En el momento de la ruptura, Alberto gracias al trabajo de Julia para la familia ha conseguido incrementar su patrimonio y Julia aun habiendo trabajado, no ha obtenido ningún sueldo ni posibilidad de tener patrimonio. La compensación por razón de trabajo pretende compensar los patrimonios; el de Julia que es 0 y el de Alberto que cuenta con 4 propiedades compradas durante el matrimonio. El máximo es el 25% del valor del patrimonio conseguido durante el matrimonio por Alberto.

Hay varios requisitos que cumplir para conseguir el 25%, por eso se debe estudiar caso por caso, por un profesional, ya que también hay bienes que no cuentan como los heredados.

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