Las diferentes formas de custodia.

Se sabe que existen dos tipos de custodias:

La de uno de los progenitores, la llamada custodia monoparental, donde las decisiones del día a día de los hijos las toma el progenitor que pasa más tiempo con ellos. Y la custodia compartida, donde cada progenitor tiene las mismas competencias en las decisiones diarias de los hijos mientras están en su compañía.

En la práctica habitual y en el conocimiento social, se sabe que en función del tipo de custodia se pueden dar diferentes tipos de regímenes de visitas:

Para la custodia monoparental, pasan casi todo el tiempo con el progenitor custodio y el otro tiene un régimen de visitas, más o menos amplio. Normalmente, fines de semana alternos con alguna tarde a la semana. Y para la custodia compartida, se intenta establecer un reparto más o menos igualitario del tiempo que pasan con cada uno. Algunos ejemplos serían el de fines de semana alternos y dos  tardes a la semana, semanas alternas, quincenas alternas.

Pero como abogado familiar quiero transmitirte la idea que estas no son las únicas formas de regímenes de visitas que existen. Los que he comentado son los genéricos que se determinan en el juzgado. Pero en caso de acuerdo entre los progenitores, el régimen puede ser muy variado, tan variado como sus propias vidas.

Te voy a exponer algunos ejemplos de diferentes tipos de régimen de visitas que he visto en las parejas que he tramitado su proceso de divorcio.

Andrea y Julio. Andrea es administrativa en una clínica de oftalmología con horario de mañanas y algunas tardes. Julio es actor en una compañía de teatro y el horario, tanto de ensayos como actuaciones es variable, ya que las actuaciones tanto pueden ser entre semana, fines de semana, en otras ciudades o en otros países.

Qué régimen de custodia y visitas acordaron:

  • Custodia compartida.
  • Semanas alternas y el miércoles tarde el hijo común estará con quien no le toque esa semana.
  • Como el horario de trabajo de Julio hace difícil tener unas pautas fijas, acuerdan que cada trimestre, se reunirán para hacer un planning, teniendo como base las semanas alternas.

Paco y Marta. Paco es entrenador de futbol en ligas profesionales y Marta es cirujana. Lo curioso de esta pareja es que no viven juntos y tienen una hija de 5 años. Entre los domicilios de ambos hay 400 km de distancia y por eso, cada uno tiene una vivienda independiente. Y a la distancia hay que añadir la dificultad de sus horarios cambiantes.

Qué régimen de custodia y visitas acordaron:

  • Custodia para Marta porque es con quien más tiempo pasa la hija.
  • Firman un régimen de visitas a favor de Paco de fines de semana alternos y un día entre semana. De ahí van modificando.
  • Saben que el día entre semana no se puede cumplir, así que lo dejan en suspenso mientras Paco siga con su residencia a 400 km de distancia, pero lo acuerdan pensando en futuros cambios.

Carlos y Rosa, tienen tres hijos ya mayores. Como son mayores no es necesario que los progenitores tengan horarios tan flexibles como cuando son pequeños y es necesario llevarlos, recogerlos del colegio, preparar comida. Ya pueden ser responsables de muchas cosas.

Qué régimen de custodia y visitas acordaron:

  • Custodia compartida, semanas alternas.
  • Ambos comparten la mujer de la limpieza.
  • Pero las decisiones sobre los hijos las toma Rosa, porque ese ha sido su rol siempre.
  • La gestión de la crianza es compartida pero la dirección no.
  • Comparten el coche, lo tiene quien tiene a los hijos esa semana.

Ahora voy a poner dos ejemplos de regímenes progresivos.

Roberto y Laura, al nacer su hija decidieron que Laura no trabajaría para cuidar a la pequeña. Este matrimonio se divorció cuando la pequeña solo tiene 2 años.  La edad de la pequeña y que Laura haya sido su referente durante estos 2 años son factores importantes en el régimen de visitas acordado. Y en esta familia se guiarán por las necesidades y ritmo de adaptación de la pequeña.

Qué régimen de custodia y visitas acordaron:

  • Custodia compartida progresiva.
  • Pactan fines de semana alternos y dos tardes, pero inicialmente sin pernocta.
  • Hasta casi los 5 años no duerme la pequeña con su padre.
  • Con el tiempo la pequeña no hecha tanto de menos a su madre y se va acostumbrando a pasar más tiempo con su padre.
  • Al final se normaliza el régimen de fines de semana alternos y dos tardes con pernocta.

Pep y Sara. Pep es directivo en una empresa de transporte de animales para el sector de alimentación. Trabaja muchas horas y nunca entra y sale a la misma hora, depende mucho de los horarios de los conductores y las incidencias que ocurran. A causa de este trabajo tan absorbente, decidieron que Sara no trabajase fuera de casa y cuidase a las 3 hijas.

  • Custodia compartida
  • Inicialmente, viven con la madre y el padre esta con ellas algunas tardes. No siempre las mismas va en función del trabajo. Incluso en ocasiones las lleva o recoge del colegio.
  • A los 4 meses ven que las hijas se están acostumbrando a pasar tiempo con su padre, y añaden los fines de semana alternos desde sábado mañana a domingo tarde.
  • Casi un año después del divorcio y al encontrar Sara trabajo, acuerdan el siguiente régimen de visitas: dos días entre semana con pernocta con el padre, tres con la madre y fines de semana alternos.
  • Ya casi después de un año de este régimen una de las hijas se queja de que no le gusta estar tanto tiempo de una casa a otra. La escuchan, entienden la desestabilidad que le provoca tanto cambio y deciden quitar una noche con el padre, aunque el día lo pasen igualmente con él. De esa manera tiene la sensación de tener una casa más o menos fija, la de la madre.

La mayoría de decisiones tomadas tienen un objetivo común, y es que cada uno tenga una presencia similar en la vida de los hijos, como abogada de lo familiar dentro de las posibilidades laborales de cada uno. Y modulan los regímenes en función de las necesidades que tienen los pequeños, todo mucho más orgánico, si presiones, siendo conscientes que es un cambio muy importante y es necesario dar el tiempo suficiente para conseguir una buena adaptación.

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Abogada licenciada en derecho en la Universidad de Barcelona con Máster en Derecho de Familia e Infancia entre otros.

Desde la salida de la carrera ha trabajado en diferentes bufetes de abogados hasta que en 2017 funda en Igualada y Barcelona su propio despacho, Aylagas Abogada ofreciendo servicios como abogada de familia y mediadora. 

Forma parte de la Sociedad Catalana D’advocats de Familia (SCAF)

Marina Aylagas Abogada de Familia en Igualada
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